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Recorrido completo

Visado de teletrabajo internacional en España

Para quien trabaja en remoto para empresas o clientes de fuera de España. Conocido popularmente como visado de nómada digital.

Mujer joven trabajando con el portátil y un café en el patio de una casa en España.

Qué permite el visado de teletrabajo internacional

¿Permite trabajar?
Sí, para empleadores o clientes situados fuera de España, con límites al porcentaje de ingresos españoles.
Requisito que la bloquea
Necesitas una relación laboral o de clientes de fuera de España con antigüedad demostrable.

Requisitos del visado de teletrabajo internacional

  • Relación laboral o mercantil de al menos tres meses con empresa de fuera de España
  • Que esa empresa lleve al menos un año de actividad real y continuada
  • Titulación universitaria o de FP superior, o tres años de experiencia profesional
  • Ingresos por encima del mínimo, referenciado al Salario Mínimo Interprofesional
  • Seguro de enfermedad con entidad autorizada en España y antecedentes penales

Fuente oficial

Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de empresas emergentes
Boletín Oficial del Estado · revisado el 4 de noviembre de 2025

Documentos del visado de teletrabajo internacional: 8 en 4 fases

En el orden en que los vas a necesitar, desde tu país hasta tener los papeles en regla. Cada uno con dónde se consigue; el paso a paso, su vigencia y el aviso antes de que caduque están en tu expediente.

  1. Comprobar que cumples el perfil· En tu país

    Antes de mover un papel: tu empresa tiene que estar fuera de España y llevar al menos un año funcionando, y tú tienes que acreditar titulación o tres años de experiencia.

    • Titulación o tres años de experiencia

      La ley pide ser graduado o postgraduado de universidad, formación profesional o escuela de negocios de reconocido prestigio, o bien acreditar un mínimo de tres años de experiencia profesional.

      Dónde: Tu universidad o centro, o tus empleadores anteriores

  2. Reunir la documentación de la empresa y la tuya· En tu país

    La parte más específica de esta vía: hay que probar la empresa, la antigüedad de la relación y que el trabajo puede hacerse en remoto. Eso último requiere un documento explícito, no basta con que sea evidente.

    • Acreditación de la empresa y de la relación

      Hay que probar tres cosas: que la empresa lleva al menos un año de actividad real, que tu relación con ella tiene al menos tres meses, y que te permite trabajar a distancia.

      Dónde: La empresa o clientes para los que trabajas

    • Recursos económicos suficientes

      Para ti y para los familiares que te acompañen, durante todo el periodo de residencia.

      Dónde: Tu banco, tu empresa o tus contratos

    • Seguro médico

      Público o privado, con entidad aseguradora autorizada para operar en España. Es requisito general del artículo 62.

      Dónde: Aseguradora autorizada para operar en España

    • Antecedentes penales y declaración responsable

      Aquí la ley pide algo distinto al resto de vías: certificado de los países donde residiste los **dos** últimos años, más una declaración responsable de que no los tienes en los **cinco** últimos.

      Dónde: La autoridad competente de cada país donde residiste los últimos dos años

  3. Solicitar el visado o la autorización· En tu país, o en España si ya estás aquí

    Aquí se bifurca. Desde fuera, visado en el consulado. Si ya resides legalmente en España, autorización directamente, que dura tres años en vez de uno.

    • Visado de teletrabajo internacionalOpcional

      La puerta de quien está fuera de España. Vigencia máxima de un año, y por sí solo ya es título suficiente para residir y teletrabajar aquí.

      Dónde: Consulado de España en tu demarcación

    • Autorización de residencia para teletrabajoOpcional

      La puerta de quien ya reside legalmente en España, por ejemplo estudiando. Dura hasta tres años en vez de uno, y encadena hacia la residencia permanente.

      Dónde: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos

  4. Instalarte y encadenar la residencia· En España

    Si entraste con el visado de un año, lo importante ocurre al final: tienes sesenta días naturales antes de que caduque para pedir la autorización de tres años.

    • Paso del visado a la autorización (60 días)Opcional

      El plazo que más gente pierde. Si entraste con el visado de un año y quieres quedarte, tienes los sesenta días naturales anteriores a su caducidad para pedir la autorización.

      Dónde: Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos

Información orientativa elaborada a partir de fuentes oficiales. No sustituye el asesoramiento de un abogado o gestor colegiado.