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Recorrido completo

Residencia no lucrativa en España

Para quien puede mantenerse con recursos propios sin trabajar en España: rentas, ahorros o pensión.

Mujer leyendo un libro en un balcón con geranios, con una manta sobre las piernas.

Qué permite la residencia no lucrativa

¿Permite trabajar?
No permite trabajar durante el primer periodo.
Requisito que la bloquea
Necesitas acreditar recursos económicos propios suficientes para todo el periodo, sin trabajar.

Requisitos de la residencia no lucrativa

  • Medios propios: 400 % del IPREM al mes para ti, más 100 % por cada familiar, durante todo el periodo
  • Seguro de enfermedad, público o privado, con entidad autorizada para operar en España
  • Certificado médico y antecedentes penales de los últimos cinco años
  • Pasaporte con vigencia mínima de un año

Fuente oficial

Real Decreto 1155/2024, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000
Boletín Oficial del Estado · revisado el 20 de mayo de 2025

Documentos de la residencia no lucrativa: 8 en 4 fases

En el orden en que los vas a necesitar, desde tu país hasta tener los papeles en regla. Cada uno con dónde se consigue; el paso a paso, su vigencia y el aviso antes de que caduque están en tu expediente.

  1. Comprobar que llegas a la cifra· En tu país

    La única pregunta que importa antes de gastar un euro: ¿puedes acreditar el 400 % del IPREM mensual para ti, más el 100 % por cada familiar, durante todo el periodo que pides?

    • Acreditación de medios económicos

      El documento que decide esta vía. El 400 % del IPREM mensual para ti y el 100 % por cada familiar, durante todo el periodo que solicitas.

      Dónde: Tu banco, o el registro de la propiedad si son inmuebles

  2. Reunir y legalizar los documentos· En tu país

    Antecedentes penales, certificado médico, seguro de salud y la prueba del dinero. El orden importa: los penales y el médico caducan, así que van los últimos.

    • Seguro médico

      Público o privado, pero contratado con una entidad autorizada para operar en España. Sin copagos ni carencias si quieres evitar problemas.

      Dónde: Aseguradora autorizada para operar en España

    • Certificado de antecedentes penales

      De tu país de origen y de cada país donde hayas residido en los cinco años anteriores a entrar en España.

      Dónde: La autoridad competente de cada país donde residiste

    • Certificado médico

      Debe acreditar que no padeces enfermedades con repercusiones graves para la salud pública según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

      Dónde: Un centro médico de tu país

    • Pasaporte con vigencia mínima de un año

      Copia completa, todas las páginas, y con al menos un año de vigencia por delante.

      Dónde: La autoridad que expide pasaportes en tu país

  3. Presentar en el consulado· En tu país

    Se presenta en persona en el consulado de tu demarcación. La resolución llega en un mes, más rápido que cualquier otra vía.

    • Impreso de solicitud EX-01

      El formulario de residencia temporal no lucrativa. Lo firma la persona extranjera y se presenta en persona en el consulado.

      Dónde: Portal de Extranjería del Ministerio

    • Tasa modelo 790 código 052

      Epígrafe 2.1.1, autorización inicial de residencia temporal no lucrativa. Diez días hábiles desde que presentas.

      Dónde: Sede electrónica de las Administraciones Públicas

  4. Viajar y sacar la tarjeta· En España

    Tienes tres meses para entrar. La residencia empieza a contar el día que entras, no el día que te la conceden.

    • Tarjeta de identidad de extranjero (TIE)

      Un mes desde que entras en España. Aquí el reloj arranca con la entrada, no con el alta laboral: no trabajas.

      Dónde: Comisaría de Policía o servicios policiales de tu lugar de residencia

Información orientativa elaborada a partir de fuentes oficiales. No sustituye el asesoramiento de un abogado o gestor colegiado.